El subsidio por enfermedades comunes debe comenzar hoy

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SD. A partir de hoy, los trabajadores afiliados al régimen contributivo del Seguro Familiar de Salud (SFS) que padezcan una enfermedad común, accidente no laboral o incapacidad ocasionada por el estado de embarazo, podrán beneficiarse del Seguro por Discapacidad Temporal.


Los beneficios empezarán a contar a partir del cuarto día de la aparición de la enfermedad, tiene un límite de 26 semanas y sólo tienen que haber cotizado a la Seguridad Social el último año consecutivo anterior a la incapacidad. Así lo informó el superintendente de Salud y Riesgos Laborales, Fernando Caamaño, quien dijo recibirán a través de sus empleadores prestaciones económicas por los días en convalescencia.

Aunque la mayoría de las empresas cubren los sueldos de sus empleados en forma regular cuando sufre alguna incapacidad de condición de salud, el Código de Trabajo no obliga al empleador a cubrir el salario al trabajador bajo esa condición. Las prestaciones serán en base a porcentajes de sus salarios, y el tipo de atención médica que demande. Para los afiliados cotizantes que requieran asistencia ambulatoria, la prestación corresponderá al 60% del salario promedio cotizable de los últimos seis meses, y de un 40% si la atención es hospitalaria.

El subsidio será costeado con el 0.43 % de las aportaciones al SFS, con el cual también se financian los Subsidios por Maternidad y Lactancia.

Fuente: Diario Libre

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