Asamblea ratifica prohibición de la reelección presidencial

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SANTO DOMINGO.- La Asamblea Revisora ratifico la prohibición de la reelección presidencial consecutiva al aprobar lo pactado por el presidente Leonel Fernández y el ingeniero Miguel Vargas Maldonado, en el primer acuerdo firmado en junio.


El texto aprobado que se refiere a la reelección presidencial expresa que el o la Presidenta de la República será elegido o elegida cada cuatro años por voto directo y no podrá ser electo para el periodo constitucional siguiente. Este artículo no fue discutido por los asambleístas, por lo que recibió una votación de 127 a favor y 29 en contra.

También la Asamblea rebajó de 35 a 30 años la edad requisito para optar por la Presidencia de la República.

Iniciativa legislativa popular
Los asambleístas igualmente ratificaron la iniciativa legislativa popular mediante la cual un número de ciudadano y ciudadana, no menor del 2 por ciento de inscrito en el registro de electores, podrá presentar proyectos de leyes ante el Congreso. Una ley especial establecerá el procedimiento y las restricciones para el ejercicio de esta iniciativa.

En la Constitución vigente solo tienen iniciativas en la formación de leyes el Presidente de la República, los legisladores, la Suprema Corte de Justicia en asuntos judiciales y la Junta Central Electoral en asuntos electorales. Este mandato se prevé en el artículo 38 de la actual Carta Magna.

Ex militares que quieran optar por la Presidencia
“Los ex militares y ex policías deberán durar por lo menos tres años fuera de servicio antes de aspirar a la presidencia de la Republica”

Referendo revocatorio para temas sobre nacionalidad y ordenamiento territorial

También la Asamblea aprobó que cuando la reforma constitucional verse sobre derecho garantías fundamentales y deberes en el ordenamiento territorial y municipal, el régimen de nacionalidad, ciudadanía y extranjería, el régimen de la moneda y sobre los procedimientos de reforma instituido en esta Constitución, una vez votado y aprobado por la Asamblea Revisora requeriría de la ratificación de la mayoría de los ciudadanos y ciudadanas con derecho electoral el referendo aprobatorio convocado al efecto por la Junta Central Electoral.

Fuente: Diario Libre

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