La Asamblea Nacional Revisora aprueba en segunda lectura la nueva Constitución

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Santo Domingo.- La Asamblea Nacional Revisora culminó anoche la segunda lectura del proyecto de Reforma Constitucional enviado por el Poder Ejecutivo, que implicó seis meses de trabajo de los asambleístas. Entre las disposiciones transitorias aprobadas en esta sesisón se destaca que el Consejo Nacional de la Magistratura evaluará los jueces de la Suprema Corte de Justicia que están en edad de retiro.

Los trabajos se iniciaron el martes 14 de abril de este año, lo que constituye el mayor tiempo de duración para el conocimiento de una reforma constitucional en la historia nacional.


El presidente de la Asamblea, Reinaldo Pared Pérez, aclaró que los trabajos no pueden ser clausurados hasta que la nueva Constitución no sea proclamada. Dijo que particularmente no desearía que sea proclamada el 6 de noviembre próximo, porque coincide con la Carta Magna promovida por el dictador Pedro Santana, iniciada en esa fecha, pero en 1844.

El día de la proclamación se realizará un acto solemne en el salón de la Asamblea, donde se leerá el texto completo de la Constitución y se disparará una salva de 21 cañonazos al inicio y al final de la ceremonia. Ese día es cuando quedarán cerrados los trabajos.

Mientras, el proyecto aprobado irá a la comisión de verificación y auditoría para que lo revise y de ser necesario lo reenumere. A esto se le agregará la comisión de estilo para que junto a la secretaría de la Asamblea realicen una referencia cruzada de lo aprobado y determinar si se cometió un error u omisión. Esa revisión es obligatoria antes de la proclamación, según los reglamentos, para lo cual se producirá una reunión que podría ser la próxima semana, según Pared Pérez.

Dijo que esta Constitución no tiene precedente, por el trabajo que ha desarrollado el Congreso Nacional, razón por la cual debe tener su propia fecha de proclamación.

Sostuvo que son inumerables los logros no obstante que “sectores mínimos de la población” la han denotado. “Aquí el avances en los derechos de la ciudadanía es una diferencia del cielo a la tierra”, explicó

Agregó que los mecanismos de participación en cuanto a iniciativas populares, como referéndum aprobatorio, plebiscito, contituyen otros pasos de avances. Señaló además la inserción de figuras como el defensor del pueblo, el recurso de amparo, el tribunal constitucional.

Disposiciones generales
Las disposiciones relativas a la Junta Central Electoral y al Tribunal Superior Electoral establecidas en esta Constitución entrarán en vigencia a partir de la nueva integración que se produzca en el período que inicia el 16 de agosto de 2010. Excepcionalmente, los integrantes de estos órganos electorales ejercerán su mandato hasta el 16 de agosto del 2016.

El procedimiento de designación para los integrantes de la Cámara de Cuentas regirá a partir del 16 de agosto del 2010. Excepcionalmente, permanecerán en sus cargos hasta el 2016. La escogencia del Defensor del Pueblo deberá realizarse en la primera legislatura ordinaria del período congresional que inicia a partir del 16 de agosto de 2010. (Eliminado).

Las disposiciones contenidas en el artículo 122 relativas al Referendo Aprobatorio, por excepción, no son aplicables a la presente Reforma Constitucional.

Las leyes observadas por el Poder Ejecutivo que no hayan sido decididas por el Congreso al momento de entrada en vigencia de esta Constitución, deberán ser sancionadas en las dos legislaturas ordinarias siguientes a la proclamación de la presente Constitución.


APRUEBA DISPOSICIONES GENERALES EN LA SESIÓN
En la última sesión fueron aprobados temas referentes al principio del régimen tributario. Así como lo relativo a la Contraloría General de la República, de las Reformas Constitucionales y Normas Generales, transitorias; así como de las Disposiciones Generales y sus articulados. También el Consejo del Poder Judicial, el Tribunal Constitucional, las atribuciones de la Suprema Corte de Justicia, la elección de los jueces de la Cámara de Cuentas.

Además, el Consejo Superior del Ministerio Público, el Tribunal Contencioso Administrativo y Tributario que pasará a ser el Tribunal Superior Administrativo.

También los integrantes de la Junta Central Electoral permanecerán en sus funciones hasta la conformación de los nuevos órganos creados por la presente Constitución y la designación de sus incumbentes.

Fuente: Listin Diario

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