Un análisis sobre el tipo de ciencia que es el Derecho

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Sócrates nos enseñó en el juicio que le condujo a su muerte, que las leyes fueran malas o buenas, regulaban nuestra convivencia y eran necesarias, por eso renunció a escapar de su cautiverio y aceptó serenamente su condena tomando el veneno letal.

El mito de Protágoras contaba una historia en la que se venía a probar que no hay ciudad posible sin ciudadanos dotados de virtud política. Podía sobrevivir la ciudad con que en ella, sólo algunos conocieran la medicina o la música, porque esos pocos bastaban para atender la salud o entretener el ocio de la comunidad entera.


Pero como no todos poseyeran el sentido del respeto y la justicia, sus habitantes se destrozarían entre sí y la ciudad estaría perdida. Esa condición tan imprescindible para la vida en común no nos la entrega graciosamente la naturaleza, sino que la conquistamos sólo por la educación y el ejercicio. Por eso, a quien le faltaba, se le achacaba un defecto culpable que había de ser tratado como una enfermedad.


Cuando hablamos del Derecho, tomamos conciencia de inmediato de su necesidad en nuestras vidas, pero es conveniente también reflexionar sobre él. Debemos tener en cuenta que surgen tres problemas: ciencia, ciencia jurídica y derecho natural, porque es el resultado de unos conocimientos que son necesarios para organizar la sociedad, pero insertados en convicciones éticas.

Ahora bien, si el derecho fuera una ciencia pura, como las matemáticas por ejemplo, la convivencia entre los seres humanos tendría que eliminar todo rastro de arbitrariedad, en otras palabras, convertirnos en robots programados.
Tenemos pues que preguntarnos, si encierra la experiencia jurídica una tarea científica. El problema es que la ciencia no debe incluir juicios de valor y si queremos hacer ciencia con el derecho, no podemos enjuiciar conductas de antemano. Sin embargo, lo que hace la ciencia jurídica, es tipificar previamente los actos de la conducta humana, determinando lo ajustado a derecho y lo punible.

Es como si un físico condenara a los objetos que caen al suelo por efecto de la Ley de gravedad, porque los considerara maniobras malignas. Y ya sabemos el efecto de las creencias y prejuicios en la historia, tan solo basta con recordar el juicio a Galileo.

De manera que la validez en derecho, no puede apoyarse en una verdad objetiva, porque termina plegándose a la voluntad del legislador, jueces e intérpretes en general y por tanto caemos en el terreno de la opinión. En otras palabras, las normas que se dictan, desde un punto de vista del conocimiento científico, serían nulas por no ajustar sus parámetros con el rigor que exige la ciencia.

Por eso los juristas deben tener alguna pesadilla al no ser capaces de lograr que la verdad que intentan probar, y que dictan judicialmente, sea tan sólida como las ecuaciones.

Por otra parte, en el acto jurídico, lo importante es quién ejerce el control, que ha de estar investido de autoridad (no son las víctimas, ni afectados, ni demandantes, ni colectivos, ni organizaciones, ni representante legal alguno) y no qué es lo que verificamos con arreglo a un método científico. Es decir, se acata la decisión del poder judicial competente, sin realizar experimentos posteriores para falsar o aceptar las conclusiones establecidas (salvo recursos excepcionales de revisión). Sin embargo, los ciudadanos nos sentimos vinculados con las normas cuando reconocemos que están en consonancia con la ética y la justicia como ideal.


Debemos, llegados a este punto, reparar en el hecho de que si unimos ciencia y racionalidad, condenamos al derecho al destierro. El derecho que se aplica en el día a día, necesita adherirse a las cosas que pasan y a los actos de las personas como exponente de la regulación de la vida social.

Y además, conviene recordar que no es posible sabiduría alguna al margen de un marco de valores, ni se puede liberar de intereses a la conducta humana para vincularla a las ideas, ni es viable una asepsia de la contaminación producida por las tradiciones y las emociones. Como ejemplo podríamos citar la presión que ejercen los medios de comunicación en determinados casos de relevancia social y cómo genera estados de opinión difíciles de aislar a la hora de tomar decisiones.

Como se aprecia, el derecho que se aplica en la vida, es experimental, sus hechos observables son los actos humanos, y de su observación se elabora la ley. Ahora bien, el ser humano desborda cualquier casuística y la realidad supera a la ficción. La clave está pues en mantener vivo el derecho natural, que es el que se basa en la ética y en las ideas del bien y del mal que tiene el sentido común humano, porque supone la confianza en la verdad, en la justicia, en el sentido de la vida, en la búsqueda de la utopía.

Si sostenemos por tanto, que es imposible una justicia procesal perfecta impartida en los Tribunales, es decir, con los parámetros de las ciencias duras como las matemáticas o la física, tenemos que renunciar al intento de hacer de la tarea judicial algo infalible como si se tratara de las tablas de multiplicar. Cuando erramos en una operación aritmética por ejemplo, no culpamos a las tablas, sino al error humano, y en ese caso, se revisa hasta detectar el fallo.

Se impone pues una antropología previa porque hay que preservar la dignidad humana y su condición de animal social. Ahora bien, el hombre natural ideal, pese a que está ligado a la coexistencia y a la cultura, ni se da en la sociedad, ni vive entre nosotros. No hay ciudadano perfecto.

Pero veamos si se dan derechos naturales. La primera impresión es obvia: los atributos naturales del hombre, captados por el sentido común dan paso a unos derechos al margen de cualquier convención social o norma.

Por tanto, para cualquier intérprete actúan como principios inamovibles. Recordemos a modo de ejemplo, el artículo 1º de nuestra Constitución: España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.

El Derecho es pues una tarea humana hecha por y para los hombres, con toda su miseria y grandeza, por eso, subyacen tres ideas: la primera que el derecho que se aplica en la vida cotidiana, necesita de su Pepito Grillo, es decir de la supervisión que le hace el derecho natural, y que le dice al legislador al oído cosas tales como que somos iguales ricos y pobres, o que tenemos los mismos derechos hombres y mujeres. La segunda, que su utilidad, como afirma Andrés Ollero, radica en que no es científico, porque entonces sería inaplicable.

Imaginemos si en una disputa entre vecinos por ejemplo, tuviéramos que hacer antes de resolver el caso, una predicción científica basada en la sociología del comportamiento humano. La tercera, que es necesario un Estado como poder de organización y como poder de ejecución porque los derechos han de imponerse.


Y es que al final, tenemos que plantearnos la pregunta ¿qué es la justicia?, porque quizá haya sido la que mas pasión haya suscitado en la historia del pensamiento, y posiblemente carezca de respuesta.

Mi reflexión final sería, que el derecho es aquello bajo cuya protección puede florecer la ciencia, y junto con la ciencia, la verdad y el progreso. Como toda tarea humana, está sometida al error, pero si bien he cuestionado su falta de criterio, defiendo a muerte el sistema aunque a veces el sentido común, no nos permita entender determinadas decisiones judiciales.

En un país como República Dominicana, con gran desconfianza en los Tribunales y receloso con nuestra Abogacía, conviene subrayar que sin esos profesionales, que equilibran el ansia totalizadora que cualquier tipo de poder quiere para sí, nuestras libertades peligrarían.

Sin esos inspectores de las reglas de juego, el triunfo de la sociedad orwelliana sería absoluto.

Fuente: Antonio Roman Sanchez

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